Considerando que la paz universal y permanente solo puede basarse en la justicia social; Considerando que existen condiciones de trabajo que entrañan tal grado de injusticia, miseria y privaciones para gran número de seres humanos, que el descontento causado constituye una amenaza para la paz y armonía universales; y considerando que es urgente mejorar dichas condiciones, por ejemplo, en lo concerniente a reglamentación de las horas de trabajo, fijación de la duración máxima de la jornada y de la semana de trabajo, contratación de la mano de obra, lucha contra el desempleo, garantía de un salario vital adecuado, protección del trabajador contra las enfermedades, sean o no profesionales, y contra los accidentes del trabajo, protección de los niños, de los adolescentes y de las mujeres, pensiones de vejez y de invalidez, protección de los intereses de los trabajadores ocupados en el extranjero, reconocimiento del principio de salario igual por un trabajo de igual valor y del principio de libertad sindical, organización de la enseñanza profesional y técnica y otras medidas análogas; Preámbulo de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo. Año 1919.
La fecha del 1° de mayo fue elegida en conmemoración de la lucha de los que trabajan por la dignidad de la persona humana que labora y produce. Cuando observamos la realidad actual de nuestro territorio esta lucha sigue vigente y continua.
En esta jornada desde aquí, solo hemos querido recordar lo que en 1919 eran los desafíos que dieron origen a la Organización Internacional del Trabajo. Ayer eran sentidas demandas, hoy siguen siendo objetivos a lograr.
Hoy como ayer los trabajadores todavía deben seguir luchando por su dignidad. La lucha continua.