Se publico en el Boletin Oficial de la Nacion la Decision Administrativa 524/2020, DECAD-2020-524-APN-JGM, mediante la cual se establece la excepcion al aislamiento social preventivo y obligatorio, y de la prohibicion de circular, para determinadas actividades y en algunas provincias del pais, con la excepcion de Tucuman y Santiago del Estero.
Esta decision de la Jefatura de Gabinete de Ministros, es el resultado de los pedidos y sugerencias, de los Gobernadores de las provincias argentinas que pidieron ir avanzando en una salida pautada de la cuarentena.
El jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, quedó a cargo de la denominada “Unidad de Coordinación General del Plan Integral para la Prevención de Eventos de Salud Pública de Importancia Internacional”. Con semejante nombre tiene a su cargo el análisis de la ampliación o reducción de las actividades habilitadas según al desarrollo que vaya adquiriendo la pandemia. De acuerdo a los planteos que fueron acercando durante los últimos días los gobernadores, al listado de actividades exceptuadas se le agregarán a partir del lunes las siguientes:
* los establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos. Se trata de los Rapipago y Pago Fácil, de los que hasta ahora funcionaban únicamente los que estaban dentro de algún local habilitado, como los kioscos.
* las oficinas de rentas de provincias, municipios y de CABA, con sistema de turnos y guardias mínimas.
* lo mismo corre para los registros nacionales y provinciales, como los de Automotor o de la Propiedad Inmueble.
* la venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios podrán abrir sus puertas al público.
* la atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.
* los laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
* las ópticas, con sistema de turno previo.
* los peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos.
* los establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.
* la producción para la exportación, siempre con autorización previa del ministerio de Desarrollo Productivo, que encabeza Matías Kulfas.
* lo mismo para la reactivación de "procesos industriales específicos", que también deberán contar con la autorización del ministerio de Kulfas.